Recordatorio de instrucciones para la Entrada Presentación de reinas

Recordatorio de instrucciones para la Entrada Presentación de reinas

Abr 30, 17
Federación de Moros y Cristianos "Santa Cruz" de Abanilla
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Con vistas a que la realización del acto de la Entrada-Presentación de las reinas mora y cristiana, que se realiza en la noche previa al Gran Desfile Parada del 1 de mayo, salga correctamente y no haya problemas que reseñar, es preciso que los festeros conozcan las mínimas normas de obligado cumplimiento que están establecidas en el Reglamento de la Federación en su artículo número 13 para la realización del mismo.

Al realizar una normativa para regular un acto, el objetivo no es encorsetar el mismo, sino garantizar un mínimo de orden entre los grupos y festeros, que redunde en un mejor espectáculo para los espectadores. En este sentido desde la Federación se han realizado reuniones con los coordinadores de los grupos, para recordar este tipo de cuestiones mínimas a cumplir, como por ejemplo que no se lleve un vaso en la mano en el tramo que va desde la fuente de la calle mayor hasta acabada la Plaza de la Constitución, o los básicos ya conocidos de llevar una indumentaria acorde a las circunstancias, para garantizar un mayor decoro de las filas desfilantes.

También y para que no surjan preguntas de última hora, recordar que los grupos que desfilen con alianza entre sí, pueden organizarse como ellos mejor estimen dentro de su bloque, pero sin ir mezclados entre sí en una misma fila. Y también aclarar que la charanga o banda de música puede ir bien al final o en medio del grupo, como mejor les convenga a los festeros.

Recordar por último a los grupos y representantes de los mismos, que cuando lleguen al final del recorrido, se atengan a lo indicado desde la Federación, para permitir el paso a los grupos que vayan llegando, y las reinas puedan realizar su entrada en el recinto de la ermita sin mayores problemas o percances como el pasado año.

ARTÍCULO 13.-

Las Entradas Mora y Cristiana son la presentación de los respectivos Bandos y sus Cargos Festeros. Será obligatoria la participación del banderín de las Asociaciones federadas y siguiendo las instrucciones de la Junta Directiva. Incurrirán en falta grave si no se presentara el banderín.

La Federación se hará cargo de los gastos ocasionados por los grupos que ostenten Cargo Festero en estas Entradas, y que estén contemplados dentro de los presupuestos ordinarios, sin coartar la libertad de los grupos para introducir bandas de música o espectáculos, dentro de la legalidad establecida en la normativa de la Federación.

El orden de actuación de los grupos, será el mismo que el del día 1 de mayo de dicho año pudiéndose realizar alianzas entre los mismos para compartir los gastos del acompañamiento musical.

Dichas alianzas deberán ser notificadas con la suficiente antelación a la Federación para una correcta organización.

Para mayor lucimiento y divertimento de los Festeros en las Entradas se establece las siguientes normas mínimas:

a) La distancia entre las Asociaciones desfilantes no superará los VEINTE metros ni será inferior a DIEZ metros, aproximadamente en ambos casos, se considerará falta leve su incumplimiento.

b) La distancia entre filas de un mismo grupo desfilante no podrá exceder de TRES metros, el incumplimiento de una de ellas se considerará falta leve.

c) Se requiere atuendo festero para este evento, potenciando los trajes de faena de cada uno de los grupos. La chilaba será la prenda mínima requerida para este desfile. El incumplimiento de lo anterior se considerará falta leve.

d) Se considera falta grave la desobediencia y hacer caso omiso a las instrucciones de los Coordinadores, así como el desaire, el desprecio, la desatención, el insulto y cualquier tipo de conducta indisciplinada hacia ellos.

e) En el caso de que haya grupos que quieran unirse, estará permitido que realicen una alianza o acuerdo con otro grupo festero del mismo bando para poder participar en esta Entrada de forma conjunta con el mismo acompañamiento musical. En caso de darse dicha circunstancia, estos grupos irán en la entrada en la posición en que le correspondería al grupo de mayor antigüedad en las fiestas.

Los festeros desfilarán agrupados en filas, en el orden en que lo deseen, no estando permitido no obstante, que lo hagan juntos los de distinto grupo en una misma fila. Los músicos podrán ir detrás de todas las filas de dichos grupos o en medio de las mismas.

Desde la Junta Directiva de la Federación, deseamos y esperamos que este acto transcurra de la mejor manera posible y no haya que lamentarse posteriormente.

LA REFORMA DEL REGLAMENTO DE LA FEDERACIÓN

Abr 21, 17
Federación de Moros y Cristianos "Santa Cruz" de Abanilla
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Nota previa: Por razones de espacio, en el programa de fiestas de 2017 se ha publicado una versión reducida y resumida de este artículo. Esta es la versión extendida y completa para quien así lo desee leer.

En las fiestas de este año 2017, la Federación de Moros y Cristianos va a estrenar un nuevo Reglamento, el cual fue aprobado finalmente el día 21 de enero de este mismo año 2017, y aunque esté basado en el anterior de 2013, se incorporan varias novedades que es preciso comentar e informar a los festeros, pues no en vano es el texto legal con el que se regula el funcionamiento de los actos festeros, por lo que es importante que se conozca. Aunque no hacía tanto tiempo de la reforma del anterior, la Junta Directiva tuvo bastante claro que era preciso reformar bastantes aspectos que eran susceptibles de mejora, para afrontar mejor muchas nuevas situaciones que se venían dando y no estaban bien recogidas en el texto, por lo que no se podía hacer frente a ellas oficialmente, así como también para reformar otras que, aunque sí estaban escritas en la práctica no era eso lo que realmente se estaba haciendo. Así, tras establecerse el proceso para proceder formalmente y visto el artículo 41 del Estatuto y su disposición adicional, se aprobó crear una comisión para proceder a estudiar dicha reforma, la cual se llegó a reunir en unas ocho ocasiones. Por parte de la Federación la formaban el Presidente Alfredo Deltell Lucas, y yo mismo, Manuel Martínez Pérez, como Secretario de la Federación. Y por parte de los grupos hubo seis representantes: Ramón Rocamora Marco (Jaira), Luis Mariano Mellado Linares (Albayad’Allah), Remedios Sebastián Riquelme (Favanella), Ismael Martínez Riquelme (Cab. del Temple), Purificación Cascales Ruiz (Muzalé) y José Enrique Perea Expósito (Almorávides de Al’Jezar). A todos ellos y a otros miembros de la Junta Directiva que aportaron algunas ideas, es preciso ahora saber agradecerles su labor, pues, aunque el principal trabajo con las nuevas propuestas, se hizo desde la Junta Directiva de la Federación, el productivo y enriquecedor debate de las mismas, así como la búsqueda de un consenso, fue una labor digna de elogio, que espero que con el tiempo redunde en todos los festeros.

La consabida necesidad de mejora, ajuste y superación de nuestras fiestas, así como el continuo avance del tiempo, los cambios en los grupos y en los actos de la misma Federación, etc.., hacen preciso ir actualizando cada cierto tiempo la normativa a la que hemos de regirnos, lo cual no se hace con ánimo controlador y restrictivo, sino para asegurar un marco normativo común al que acogernos, precisamente, para que todos tengamos las mismas oportunidades y los mismos derechos a la hora de realizar una actuación en nuestras fiestas. Es precisamente cuando un festero o un grupo, rebasa dichas normas aceptadas y aprobadas en Asamblea por los grupos, cuando se entra en conflicto entre lo que se hace, lo que está escrito y lo que es el respeto a las demás asociaciones.

Si bien hubo quien nos recomendó aparcar este proceso unos años para conocer primero las fiestas desde dentro, desde la Junta Directiva estimamos que era complicado poder trabajar con una normativa que a ciencia cierta se consideraba que tenía bastantes lagunas y no aclaraba algunos aspectos organizativos de la fiesta. Por esta razón desde un principio siempre tuvimos claro que era preciso proceder a una reforma del Reglamento, no sólo para poner por escrito cosas que en la práctica ya se estaban haciendo, sino también para regular diversos aspectos y momentos que, de hecho, una vez pasadas las fiestas de 2016 pudimos comprobar que era preciso hacerlo. Con esta experiencia vivida desde dentro, se han tenido más y mejores argumentos para de forma consensuada, proceder a fijar unos criterios y unas normas para dichas actuaciones.

Dado que los cambios son muchos y abarcan diversos aspectos, y dado que el texto completo es público, por razones de espacio me voy a limitar a explicar solamente las novedades que realmente afectarán a los festeros, para que todos las conozcamos con tiempo.

Resultado de imagen de reglamento

Artículo 9: La realización de la Gala de cargos festeros ha sido un tema bastante discutido en las asambleas y entre los festeros desde hace bastantes años, pues lo mismo tiene defensores que detractores. La critican los festeros que no van, porque sólo es para unos cuantos. Y la defienden quienes sí van: los cargos festeros y los premiados. La Gala es un acto protocolario que se realizó por primera vez en 2006 para ser la presentación al pueblo de los cargos festeros de ese año, y en el cual están presentes los tres pilares de la fiesta: Ayuntamiento, Hermandad y Federación. Además, su realización descarga de exceso de contenido al acto de la Coronación. Queriéndonos hacer eco de las peticiones de los festeros, en 2016 se intentó trasladar la entrega de premios del desfile a otro acto durante el medio año festero, sin embargo, a última hora se decidió que sí se iba a realizar. La Comisión decidió dejar escrito este artículo, a expensas de lo que se decida cada año en la Asamblea de la Federación. No obstante, y tras una enmienda de Calatrava para quitarla, se votó y se aprobó que siguiera figurando en el texto, por lo que se entiende que la Asamblea dio el visto bueno a la continuidad de la misma.

Artículo 10: Dado el vacío existente respecto de la llamada “noche de cenas y charangas”, se introduce un nuevo artículo para dar pie a que cada año se establezcan y se sigan unas instrucciones mínimas para una mejor organización de lo que se dará en llamar “Concentración de festeros”.

Artículo 13: Se introduce la posibilidad de realizar “alianzas” de grupos para compartir los gastos de la música. Esto ya se hacía, pero estaba regulado en general para el desfile. Se permite por escrito que la música pueda ir en medio del grupo, no sólo al final del mismo.

Artículo 14: Se adelanta al último sábado de febrero la fecha tope para que los grupos comuniquen que no van a tomar parte del desfile del 1 de mayo. El grupo deberá realizar el pago de las cuotas y no podrán abrir el cuartelillo.

Artículo 23: Hasta ahora era preciso nombrar un Coordinador de grupo, pero en la práctica se ponían más. Esto es así porque, no todos los grupos tienen el mismo número de componentes, por lo que había grupos con un coordinador y otros con hasta cuatro, y para esto se tomaba el criterio del número de bandas de música. La reforma simplemente pone por escrito lo que ya se venía haciendo. La novedad es que en caso de ser dos bandas o más, habrá un coordinador general y otro más por cada banda extra.

Artículo 26: Se reconoce a los grupos el tener un mínimo 12 socios desfilantes. El Reglamento anterior subió dicho mínimo a 21, pero en la práctica se permitía a los que existían hasta la reforma del reglamento de 2010, porque tenían ese derecho cuando entraron en la Asociación/Federación. En consecuencia, el único grupo que ha de tener como mínimo 21 personas es el de las Huestes de Alfonso X, pues entraron en 2016, y los demás son anteriores a 2010.

La siguiente novedad es el reconocimiento de los nuevos “grupos” que no forman parte como tales de la Federación, pero que sus miembros sí son integrantes de otras asociaciones que sí lo son. Estamos hablando por ejemplo de los casos de los “Bereberes” en Abbasíes, o “Banyaliya” en Muzalé. Así, se regula que dichas asociaciones tengan un nombre que haga relación con la historia o geografía de Abanilla. Por otra parte, se aclara que su única representación ante la Federación la realizará el representante de la asociación que los acoja en su censo, y en caso de realizar un hecho punible, la responsable sería la asociación que les ha dado esta cobertura para desfilar con su banderín.

Artículo 27: Para intentar evitar la desaparición de asociaciones de la Federación por no tener suficientes miembros para poder desfilar, lo cual siempre es doloroso, y lo teníamos reciente por la triste desaparición de la Orden de Santiago de nuestros amigos de Francia, se hizo precisa una buena reflexión en este artículo, para intentar abrir la mano lo máximo posible. Hasta ahora la desaparición de la asociación en la Federación se daba si no se podía desfilar durante dos años seguidos o tres alternos en cinco años. La reforma realizada ahora permite que se pueda desfilar junto con otra asociación (del mismo bando) durante dos años en un periodo de cinco, pudiendo no desfilar en uno de ellos. Es decir, que si no se llega al mínimo de miembros, pueden hacerlo la primera vez con otro grupo saliendo los dos banderines juntos, en la posición del grupo de mayor antigüedad (no que vaya antes en el desfile). Si dicha alianza se mantuviera, se cambiaría la posición al siguiente año. La diferencia con el anterior criterio es que ya no se exige que sean dos las asociaciones que tengan este problema, sino que si es sólo una, a fin de que se pueda salir desfilando, se pueda unir a otro grupo para desfilar, el que quieran. Esto no se ha hecho nunca hasta ahora en el Desfile del 1 de mayo, y dicho permiso se usaba para la Entrada-presentación. Lo que se pretendió por tanto fue dejar esa puerta abierta a los grupos pequeños para que no tengan que quedarse sin salir o incluso llegar a desaparecer, sino que puedan participar en el desfile como los demás.

Eso sí, para evitar problemas de criterios, se retiró la posibilidad de desfilar cinco en una fila. Ahora ya deberán ser seis como mínimo, puesto que estamos hablando de que sólo será aplicable a los grupos que tengan reales dificultades de socios, es decir, que tengan prácticamente el mínimo de socios (12) o menos, y es de suponer que al menos seis más el banderín sí que se consiguen. En ningún caso por tanto podrán ir ya filas de cinco y menos en los grupos que cumplan de sobra con el mínimo de festeros, pues se entiende que tienen más filas y posibilidades para colocarse.

Artículo 29: Se modifican los años de antigüedad de varios grupos: Almogávares adelanta uno al 76 porque ya desfilaron en ese año, aunque su banderín ponga 1977. Al’Bayada se atrasa uno a 1980 porque es el que pone su banderín, además de ser el año en que entró en la Asociación (se presentó el 14 de mayo de 1980 y se aprobó su ingreso el 30 de agosto del mismo año). Y finalmente se intercambian las posiciones Damas y Caballeros de Castilla con Cruzados de Cuyalbe, que estaban al revés (Damas y Caballeros de Castilla entró provisionalmente el 18 de marzo de 2006 y se confirmó el 18 de diciembre de dicho año, mientras que Cruzados de Cuyalbe se presentó y se votó su entrada junto con Almorávides de Al’Jezar en la Asamblea del 24 de febrero de 2007). Almorávides, aunque realmente se fundó en 2005 como Asociación, desfiló dentro de Abbasíes varios años, pero se cambia a 2007 por ser en el que ingresó en la Federación, tal y como se procede a establecer como criterio.

A continuación, se explica que tanto Albayad’Allah como Alfaquíes, desfilan detrás de Al’Bayada y Muladíes, por ser escisión de los mismos, así como la cuestión de Al’Jarea, que no se le mantiene la antigüedad. Aclarar que aunque Damas y Caballeros de Castilla también son escisión de Caballeros del Cid, en su día no solicitaron ir en esta posición, y se colocó dicho grupo en último lugar.

Artículo 30: Se deja claro que cuando haya algún acto de desfile donde estén presente los cargos de las reinas, dichos grupos han de llevar el banderín.

Artículo 31: Las vestimentas aprobadas lo han de ser para el desfile del día 1 de mayo. Si un grupo desea desfilar con una fila invitada, no sólo tendrá que decirlo en la Asamblea, sino también aportar una foto de dicha escuadra, para que lo tenga en cuenta la Junta Directiva y así prevenir algún tipo de conflicto con otros grupos con cuyos trajes pudiera haber semejanzas.

Artículo 32: La creación de la Comisión de arte, viene a sustituir el proceso que se llevaba a cabo en las Asambleas a principio de año, en las que los representantes aportaban las fotos o bocetos de los trajes, y se pasaban entre los representantes para que los vieran. Desde la Junta Directiva se entendía que vista la poca asistencia de representantes que se da a veces en las asambleas, así como que los mismos suelen ir variando mucho y no tienen claros los conceptos, era preciso crear una comisión especializada que controlara este asunto, tal y como existe en otras localidades, la cual sí tuviera en cuenta la historia del municipio y de los grupos, así como los colores de los mismos, para evitar en lo posible que se desfilara con trajes que no tienen nada que ver con nuestro pueblo. Ahora, una vez sean vistos por los miembros de esta comisión, los diseños de los trajes se enviarán por correo electrónico al resto de grupos para que (aunque no hubieran ido a la asamblea y no se hubieran enterado) tengan conocimiento de ello y aun así, puedan formular alegaciones a la aprobación o no de los mismos por parte de la comisión de arte.

Artículo 33: Hasta ahora se indicaba que la Junta Directiva no atendería cuestiones internas de los grupos desde la primera asamblea ordinaria hasta la segunda. Es decir, desde febrero hasta septiembre. Se modifica para que aunque se siga “en principio por regla general” con el mismo criterio, si es que se solicitara por parte de los grupos, sí que pueda ayudar y asesorar a los mismos llegado el caso, sin entrar en cuestiones de fechas.

Artículo 34: En el Reglamento de 2013, el plazo para enviar el censo era la primera Asamblea Ordinaria (que suele hacerse en febrero y alguna vez en marzo) y para abonar el pago de la cuota el 31 de marzo. La reforma aclara que las dos cosas serán durante el mes de marzo. Lo que sí cambia son los plazos de la modificación del censo, que hasta ahora era desde la Asamblea Ordinaria hasta la Asamblea de abril (la cual no tiene por qué hacerse, o de hacerse, que sea en abril), con lo que estos se dejan del 1 al 15 de abril y del 16 al 1 de mayo.

La gran novedad, que personalmente me costó mucho conseguir incluir, fue el cómo regular los casos de morosidad. El objetivo final del texto es la protección entre los grupos en caso de que algún festero se saliera de uno y se fuera a otro debiendo dinero en el anterior. Aquí era preciso tener en cuenta lo indicado en la Ley de Asociaciones, pues en el 19 se reconoce el derecho de entrar en una asociación de forma libre, en el art. 22 se establece como un deber el pago de las cuotas a dicha asociación, y en el 23 se permite la separación de la misma cuando se quiera. Sin embargo en ocasiones dicha “libre circulación” de personas se hace sin haber pagado las cuotas correspondientes (por las razones que sea). Ya en la reforma del Estatuto en 2013 se intentó regular este asunto, y sólo se puso una pequeña frase en el art. 8.2.j., pero nada más, precisamente por dichas circunstancias, por lo que en la práctica, sin regulación, no se podía evitar, pues actualmente la ley permite “dejar deudas” en un grupo e irse a otro. Sin embargo, nada dice de que las asociaciones en el seno de una Federación como es la nuestra, acuerden o ellas mismas aprueben como condición para entrar a dicho grupo el que no se tengan deudas en otras asociaciones festeras. Desde que esto se dijo en 2012 algunos grupos ya lo han incluido en sus reformas de reglamentos o bien lo han aprobado en sus asambleas, pero no todos lo han hecho. Por otra parte, la Ley de protección de datos limita mucho el que se pueda certificar que alguien tiene una deuda en alguna parte, y aunque se enviara dicha información a la Federación, poco o nada se podía hacer. En consecuencia, el texto que finalmente se consensuó, no entra a regular qué hacer si alguien se sale de un grupo dejando deuda y sin apuntarse posteriormente en otro, pues eso es problema particular de dicho grupo, y lo único que podría hacer es apuntarlo en su censo personal de morosos (sin enviarlo a la Federación). Pero sí que regula el reconocer al grupo de donde se ha ido el derecho a cobrar dicha deuda en caso de apuntarse en otro grupo. En este caso el papel de la Federación se limita simplemente informar al nuevo grupo del nombre del último grupo en el que dicho aspirante a socio ha estado previamente, y a que, en caso de querer ingresar en el mismo, aporte personalmente un certificado de dicho grupo anterior, indicando que no se tienen deudas en el mismo.

Artículo 35. Regla 3: Hasta ahora estaba totalmente prohibido saludar y girarse en el desfile, y sólo se le permitía al cabo. Aunque ya se hacía, la modificación autoriza a los grupos que ostenten el reinado a poder realizar algún tipo de actuación especial para mayor lucimiento de su reina.

Artículo 35. Regla 7: Se autoriza el cruce a las personas y principalmente a los festeros por determinados puntos del desfile: los llamados puntos de cruce, estando prohibido cualquier otro tipo de cruce por otras partes del desfile, así como el interferir o interrumpir cualquier acto.

Artículo 36. En caso de sancionar a un grupo en su totalidad, para evitar que muchos de sus miembros se vayan a desfilar a otro grupo, la sanción se extenderá también a los miembros de forma individual. Por otra parte, se autoriza la realización y publicación de imágenes y fotografías de los menores de edad y adultos que participen en los actos festeros, salvo que los grupos lo indiquen cada año.

Artículo 39: Como se sabe, anteriormente además de las reinas existían las figuras de las damas. En el Reglamento de 2013 se estableció que dicho año en un bando fuera sola la reina y en el otro la reina fuera con dos damas “a modo de transición de un modelo a otro”. Una vez pasados los años, esto ya no es transitorio sino historia, y ya sólo cabe hacer reseña de ello. En el plazo de presentación de enmiendas, hubo una bastante interesante de Ginés Riquelme (Calatrava) para añadir la figura del rey a la de la reina, a fin de adaptarnos a la realidad histórica, pasando a tener ambos un protagonismo compartido. Como se sabe, la figura de la reina viene heredada de las reinas de las fiestas de los antiguos juegos florales, lo cual es relativamente reciente, mientras que en nuestra historia medieval real, la figura predominante no era la femenina sino la masculina. Sin embargo, dicha enmienda no fue aceptada en la Asamblea.

Artículo 41: Se añade un nuevo párrafo para reconocer el derecho exclusivo de las reinas a que sean las únicas que lleven la banda que entrega la Federación como acreditación de que son las reinas de las fiestas. Aunque dichas bandas de reinas llevan el fondo de la bandera de España, no se puso esto así claramente, sino “banda oficial de la Federación”, por no poderse impedir ni sancionar que alguien libremente se ponga una banda de España, pero eso sí, sí que estará sancionado el uso de la oficial por parte de otros festeros en los “actos oficiales”.

Respecto de la ubicación de los grupos que ostentan el reinado en el desfile, como se sabe, estos grupos pueden elegir en qué posición van en el desfile, pero en los últimos años se ha intentado que dicha posición fuera lo más céntrica posible dentro de su bando, lo cual se “recompensaba” con una ayuda económica para llevar un boato. No obstante, todo esto no estaba regulado y ahora se viene a fijar que dicha separación entre los dos grupos del reinado, sea de ocho grupos como mínimo en medio, habiendo siempre al menos cuatro por cada bando.

Artículo 42: En previsión de las dificultades que han solido haber para encontrar el suficiente número de festeros con los que poder ir a participar en desfiles de otras localidades, se hace copartícipes del compromiso de ostentar el reinado, no sólo a la reina y su familia, que ya se esfuerzan mucho por cumplir y representar a su pueblo fuera de su municipio, sino también a una representación de sus grupos.

Título IV: De la concesión de Títulos honoríficos

Junto con el artículo de la Gala de cargos, el otro tema más trabajado del borrador era el proceso de elección de los títulos honoríficos, y por tanto la función de la Comisión de Títulos. Este proceso se iniciaba abriendo un plazo a los grupos durante dos meses (octubre y noviembre) para que enviaran sus propuestas, y éstas, unirlas a las de la Junta Directiva para pasarlas de forma conjunta a la Comisión de Títulos honoríficos. El funcionamiento de dicha Comisión, formada por los expresidentes de la Federación y los miembros honoríficos de la UNDEF en Abanilla, tenía potestad para vistas dichas propuestas, apoyarlas y aprobarlas, o bien rechazarlas y proponer las suyas propias y aprobarlas. Posteriormente dicha decisión, se trasladaba a la Asamblea para ser dada a conocer por la misma, y sólo se votaba la de la insignia de oro.

La propuesta inicial de la Directiva era que dicha Comisión no tuviera función de juez y parte, sino sólo consultiva, para que pudieran realizar sus aportaciones de nombres, si es que no les convencían los ya propuestos, y que posteriormente todos los nombres, pasaran de forma conjunta y sin prioridades a la Asamblea de representantes, donde serían votados y finalmente elegidos. Sin embargo, cuando se debatió este tema, se decidió mantener la función de la comisión, para poder “filtrar” propuestas que no se considerasen apropiadas y por otra parte no “quemar” el nombre de los no ganadores, que es lo que pasaba cuando no existía esta Comisión y se votaban todos en la Asamblea. Por estas razones no se pudieron aprobar las propuestas iniciales y se acordó lo siguiente:

Artículo 45: Los grupos también podrán proponer la insignia de oro. La novedad en este proceso es que ahora la Comisión ya no podrá hacer nuevas propuestas de nombres que no se hubieran recibido previamente, salvo que no exista ninguna en un determinado título.

Artículo 46: Aquí es donde se crea la Comisión de Títulos honoríficos, y la novedad respecto al anterior reglamento es que se incluye en su composición a la persona del Presidente actual de la Federación (o en quien delegue), que no estaba anteriormente en dichas reuniones, oficialmente. Y como ya he dicho, la novedad es que la Comisión ahora tendrá función de juez, pero ya no de parte.

Artículo 51: Se crea el título de “Embajador/a de las fiestas”, que ya existía en los primeros tiempos de las fiestas, aunque el objetivo ahora es el nombrar a determinadas personas cuya imagen sea reconocida suficientemente y se pueda relacionar su imagen con las fiestas de Abanilla.

Artículo 54: Se incorpora la novedad para el festero/a del año, al que se le entregará un pin de bronce.

Artículo 61: Se especifica que para obtener la puntuación de cada participante candidato a obtener premio en el desfile (cabo, música, traje, grupo), se realizará una media entre los puntos obtenidos. Hasta ahora se procedía a hacer una suma de los puntos de cada sobre, y ganaba quien más tenía, pero se daba el caso de jurados que en algún caso no ponían nada, siendo esto un cero para la suma. Ahora haciéndose mediante medias proporcionales, esta celda vacía ya no contará.

Una vez explicadas las novedades, estoy seguro que, en próximos años, otras Juntas Directivas verán que aún hay que avanzar y seguir realizando modificaciones a este texto. Y esto es lo normal, puesto que los tiempos avanzan y las fiestas no son algo inmutable, pues se introducen novedades, aparecen nuevos actos y se abandonan otros. Y por eso es preciso tener claro entre todos qué son, en qué consisten y a qué hemos de atenernos en cada uno de ellos, para saber hacer frente a esas nuevas realidades y al mismo tiempo intentar mantener el espíritu original de las fiestas. Mientras tanto, a mi modo de ver, esta reforma constituye un gran avance en muchos aspectos respecto de lo que había, y así espero que sea entendida por todos.

Manuel Martínez Pérez

Secretario de la Federación
(julio 2015 – noviembre 2016)

La UNDEF presenta el cartel de la Asamblea de marzo de 2017 en la Expofiesta

Nov 08, 16
Federación de Moros y Cristianos "Santa Cruz" de Abanilla
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Este pasado domingo 6 de noviembre, tuvo lugar una Asamblea de la UNDEF en el recinto ferial IFA de Alicante, coincidiendo con la celebración de la Expofiesta.

Durante la Asamblea, que era la última de Francisco López como presidente de la UNDEF, se informó de los últimos pasos que se han dado respecto del asunto de la pólvora y las noticias acerca del arcabuz detonante, y se dio paso a la nueva Junta Directiva y a la nueva presidenta, Pepa Prats, a la cual se le impuso el pin acreditativo como que es la nueva presidenta.

   

 

También se presentó el cartel y el logotipo de la próxima Asamblea de la UNDEF que como ya se ha informado, tendrá lugar en la ciudad de Murcia durante los días 10 al 12 de marzo de 2017. Dicha Asamblea aunque se realice en la ciudad de Murcia, sin embargo estará organizada por las entidades festeras de los municipios que pertenecen al Área VI de la UNDEF en la Región de Murcia, y que celebran fiestas de moros y cristianos.

Así, los alcaldes y/o concejales de festejos de los municipios miembro del Área VI, así como el delegado representante del Área VI, Alfonso Gálvez, que expresaron sus deseos de que esta Asamblea, así como los actos complementarios que están programados para la misma, salgan conforme a lo que está previsto.

  

El cartel, que se presentó oficialmente en este acto, es obra de la pintora abanillera Úrsula Riquelme, que no pudo estar presente en este acto, tal y como habría deseado. Como se ve en la imagen, este cartel representa algunos de los motivos más característicos de los municipios miembro del Área VI de la UNDEF. Así, Abanilla está representada arriba a la derecha con la parroquia de san José, el Corazón de Jesús y una palmera. Archena, a su izquierda, está representada con una imagen del balneario. Murcia tiene arriba a la izquierda la fachada y la torre de la Catedral, así como el puente de los peligros. A la izquierda tenemos un caballo representativo de las fiestas de Caravaca de la Cruz. Los Alcázares tiene unos peces así como una imagen de un típico balneario de playa. Jumilla está representada con la botella de vino Y finalmente los municipios de Santomera y Cieza están representados por los limones y los melocotones, respectivamente, productos típicos de dichas localidades.

   

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Tras la Asamblea, el ballet de la escuela de danza Al’Zulum de Abanilla, dirigido por Mireia Benito, realizó dos bailes de exhibición ante el público asistente al evento, uno con la marcha Ramón Rocamora y otro con la de la Guardia Jalifiana.