El deber del cumplimiento de la Ley, nos exige como festeros miembros de asociaciones, y el último término de esta Federación, el cumplimiento de la misma, y en este caso, de lo relativo a la protección de datos de los festeros. La Ley de Protección de datos, nos obliga a todos a dar nuestro consentimiento explícito, para el tratamiento y custodia tanto de nuestros datos personales como también de nuestra imagen.

La «Ley Orgánica de Protección de Datos» (con anterioridad estaba vigente la LOPD de 15/1999 de 13 de diciembre, pero fue sustituida por la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales LOPD GDD 3/2018 de 5 de diciembre), así como la «Protección de Datos de Carácter Personal y del Reglamento» (General Data Protection Regulation: GDPR de 2016/679) del Parlamento Europeo y del Consejo, que da más protección a los Europeos en el tratamiento y protección de sus datos personales. Esta ley, RGPD, fue aprobada en el Consejo Europeo el 27 de abril de 2016 y entró en vigor en mayo de 2018.

¿CÓMO NOS AFECTA A LOS FESTEROS?

Nos afecta y mucho, ya que de dentro del ámbito de lo que es la UNDEF, se ha llegado al acuerdo de unificar modelos y criterios, para la recogida y protección,de los datos personales, así como el consentimiento explícito en la cesión de la imagen para los fines, no lucrativos, de las asociaciones festeras. Y por esta razón es necesario «ceder» la imagen como festero, ya que es vital para poder publicar fotos en la web, redes sociales, libros, revistas, etc, con el único fin de dar visibilidad a la Fiesta. Y este hecho es mas importante, si cabe, en los menores de edad.

Desde la Federación hemos de coordinar este esfuerzo que implica a las asociaciones integradas en la misma, a fin de cumplimentar estas autorizaciones para cada uno de los festeros y menores de edad, cuyos padres o tutores legales han de consentir de mutuo acuerdo esta cesión de de derechos.

La recogida de los datos, el consentimiento expreso y la cesión de imagen, será condición necesaria para poder estar dado de alta en cualquiera de las asociaciones festeras, puesto que, esos datos pasarán a formar parte de la Federación de Asociaciones de Moros y Cristianos, cuya entidad, en principio, o al menos en caso de existir algún percance, luego los ha de ceder a la aseguradora correspondiente para la protección del festero.

Como sabemos, todo aquel festero que quiere participar en los actos relacionados con la Fiesta de Moros y Cristianos, debe estar dado de alta en su asociación y estar al corriente de sus obligaciones. A partir de ahora, además, será requisito indispensable haber firmado el consentimiento expreso que su asociación le proporcionará.

Todos nos hacemos cargo de lo tedioso que es este proceso, así como el contratiempo que supone para todos, pero es una obligación legal, y al fin y al cabo va en beneficio de todos.

  1. CONSENTIMIENTO PARA LA PUBLICACIÓN DE IMÁGENES
  2. CONSENTIMIENTO PARA EL TRATAMIENTO DE IMÁGENES DEL MENOR O INCAPAZ
  3. LEYENDA PARA INCLUIR EN LAS FACTURAS EMITIDAS
  4. TRATAMIENTO DE DATOS DE PROVEEDORES
  5. CONFIDENCIALIDAD DEL RESPONSABLE DE LA GESTIÓN DE DATOS (autorización para que un socio se responsabilice de la gestión de los datos por parte de la Directiva de una asociación)
  6. LEYENDA PARA INCLUIR EN EL CORREO ELECTRÓNICO DE LA ASOCIACIÓN
  7. LEYENDA PARA INCLUIR EN LA PÁGINA WEB
  8. ANEXO SOBRE MEDIDAS DE SEGURIDAD
  9. CONSENTIMIENTO SOBRE EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES